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La Agencia Tributaria Española Podrá Incautar Criptoactivos para Liquidar Deudas Impositivas

El Ministerio de Hacienda de España ha anunciado una serie de reformas fiscales significativas que ampliarán las capacidades de las entidades financieras para actuar como agentes de recaudación de impuestos del estado.

Con un foco renovado en el ámbito de las criptomonedas, el Ministerio liderado por María Jesús Montero está en proceso de introducir cambios legislativos que refuerzan el control fiscal sobre estos activos digitales. La meta es clara: facultar a la Agencia Tributaria para identificar y confiscar criptoactivos en casos de deudas tributarias pendientes.

La propuesta de modificación se centra en el Artículo 162 de la Ley General Tributaria, que se encuentra en las etapas finales de revisión. La emisión de un nuevo real decreto, efectivo desde el 1 de febrero, ya ha comenzado a ampliar la red de instituciones con la autoridad de informar a Hacienda sobre las finanzas de los contribuyentes. Anteriormente, este privilegio estaba reservado exclusivamente para bancos y otras entidades de crédito.

En un esfuerzo por afianzar la lucha contra la evasión fiscal, Hacienda está estableciendo medidas para que los bancos y entidades de dinero electrónico reporten todas las operaciones realizadas con tarjetas.

La celeridad de estos cambios introduce complejidades regulatorias, ya que España busca posicionarse a la vanguardia en la regulación de las criptomonedas. Como prueba de este compromiso, el Ministerio de Economía y Transformación Digital reveló que el primer esquema regulatorio de criptomonedas de la Unión Europea, conocido como MiCA, se implementará a nivel nacional en diciembre de 2025, adelantándose seis meses al calendario establecido por la UE.

Los titulares de criptoactivos en España enfrentan un calendario apretado; aquellos que operen a través de plataformas internacionales tienen hasta el final del próximo mes para informar sus activos a la Agencia Tributaria.

El período de declaración del formulario 721 ya está en curso, habiendo comenzado el 1 de enero de 2024 y con fecha de cierre al finalizar marzo. Se requiere que tanto contribuyentes individuales como corporativos revelen los montos mantenidos en criptomonedas al 31 de diciembre de 2023, siempre y cuando los saldos superen los 50,000 euros, que se traducen aproximadamente a 54,000 dólares. Aquellos que opten por el autoalmacenamiento de criptoactivos deberán declarar a través del Formulario 714, que corresponde al impuesto sobre el patrimonio.

Este artículo no contiene asesoramiento ni recomendaciones de inversión. Toda inversión y operación de comercio conlleva riesgos, y se recomienda que los lectores realicen su propia investigación antes de tomar una decisión.

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